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miércoles, 6 de abril de 2011

LA SERVIDUMBRE DE PASO

Consiste en el derecho que tiene el propietario de una finca o inmueble para exigir al dueño de una finca contigua para que le deje pasar por ella. Este tema es de gran importancia porque muchos edificios están gravados por este tipo de servidumbre y, generalmente, lo desconocemos.

Se da por diversas razones aunque las más habituales son que el paso por la finca gravada sea la única forma de acceder a la otra finca porque no tiene salida a camino público o para dejar pasar materiales de construcción para la reparación del edificio.

La servidumbre ha de constar inscrita en el Registro de la Propiedad y en dicah inscripción han de constar su contenido y límites. Sin embargo, es posible que no conste registralmente, sobre todo cuando la servidumbre data de mucho tiempo atrás, en cuyo caso cabe la posibilidad de pactarse entre las partes y, si ello no se logra, solicitar al Juez que se reconozca su existencia.

Debe quedar claro que la concesión o existencia de una servidumbre de paso, al constituir de alguna manera una limitación al derecho de propiedad, ha de ser interpretado de manera restrictiva.

A veces la constitución de la servidumbre es obligatoria para la entrada y salidas de vehículos que conllevan una perforación de la pared, en cuyo caso es necesario acreditar la absoluta necesidad de la servidumbre y la unanimidad de los propietarios.

En otras ocasiones es necesario que pase una determinada tubería por la propiedad de un solo copropietario, para ello se requiere el consentimiento de este y que sea necesario y no haya otra alternativa. Si bien se tratara de compensar el posible perjuicio ya que se le priva de parte de su propiedad.

Otra posibilidad es que sea necesario solicitar una servidumbre de paso temporal para la ejecución de determinadas obras, con obligación del propietario afectado, de consentir el paso y uso temporal, recibiendo a cambio la correspondiente indemnización.

Para defenderse de este tipo de servidumbre cuando realmente no exista este derecho nuestro ordenamiento jurídico nos ofrece cauces a través de los cuales podemos oponernos a la misma.

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